Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo
Tras la entrada en vigor el pasado domingo 22 de marzo del “Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio”, hacemos un resumen de las medidas de aplicación inmediata que van a afectar en los contratos de suministro eléctrico y de gas:
Modificaciones en Tipos Impositivos (Vigencia hasta el 30/06/2026)
Estas reducciones fiscales se aplican a todas las facturas emitidas tras la entrada en vigor de la norma:
- IVA al 10%: Aplicable a contratos de gas y electricidad con potencia contratada igual o inferior a 10 kW.
- Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE): Reducción del 5,11% al 0,5%. Los niveles mínimos no podrán ser inferiores a 0,5 €/MWh (usos profesionales) ni a 1 €/MWh (resto de casos).
- Impuesto Especial sobre Hidrocarburos (IEH): Para el uso de gas natural para calefacción, agua caliente y usos industriales (no motores de vehículos), se reduce del 0,00234 €/kWh al 0,00108 €/kWh.
Flexibilidad Contractual y Transparencia
Se habilitan mecanismos temporales para autónomos y empresas ante la volatilidad del mercado. Se elimina el límite de 12 meses para solicitar cambios de potencia eléctrica (disponible hasta el 31/12/2026).
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