Súmate al autoconsumo de la mano de ab energía

El próximo 13 de diciembre de 2021 se abre el plazo de solicitud de las nuevas subvenciones de autoconsumo y almacenamiento para particulares y empresas, con un presupuesto de 23 millones de euros.

Los objetivos de estas ayudas económicas —que cubren desde el 15% al 65% del coste de instalación dependiendo la tipología de ésta— son impulsar el proceso de la descarbonización, la creación de empleo con la reactivación económica y hacer partícipes a los ciudadanos en el consumo y en la generación de energía.

Hemos resumido la orden BOA, publicada el pasado día 19 de noviembre – ORDEN ICD/1524/2021 – de la forma más sencilla posible:

1. ¿Cuál es el objeto de la subvención?

Se contemplan 5 actuaciones subvencionables:

  1. Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
  2. Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
  3. Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
  4. Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
  5. Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.
  6. Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.

2. ¿Quién se puede beneficiar de esta subvención?

Dentro de los programas de incentivos 1, 2 y 3, se considerarán como destinatarios últimos de las ayudas:

  1. Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo, entre otros:
    • Los gestores de polígonos industriales, de naturaleza pública o privada.
    • Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía.
    • Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.
  2. Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.

Para los programas de incentivos 4 y 5, se considerarán como destinatarios últimos de las ayudas:

  1. Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
  2. Las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas.
  3. Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo las entidades u organizaciones del tercer sector.
  4. Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado,
  5. Comunidades de propietarios.
  6. Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.

3. ¿Cuál es el plazo de presentación de la solicitud?

El presupuesto que gestiona Aragón asciende a 22,9 millones de euros y el régimen de concesión es por concurrencia competitiva simplificado, es decir, se validarán las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos atendidas por riguroso orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos. Se resolverán en el plazo máximo de seis meses desde la presentación de la solicitud.

4. ¿Qué pasos he de seguir y cómo podemos ayudarte?

Para ponértelo muy fácil, nos encargamos de todo el proceso, desde el estudio preliminar y primer presupuesto hasta la instalación: en tu casa, piso, comunidad de propietarios, pyme, negocio o gran empresa. Gestionamos tu solicitud de subvención y también podemos comercializar tus excedentes en caso de que generes energía que no puedas consumir al momento.

 

Si te han quedado dudas, necesitas alguna aclaración o ampliar la información, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Estaremos encantados de ayudarte.